La fiscalía apunta a la empresa de seguridad y dos funcionarios del área. El cuerpo de Pablo Serrano tenía 2,6 gramos de alcohol por litro de sangre.
25/08/2023 13:29
Clarín.com Deportes Actualizado al 25/08/2023 13:36
La muerte del hincha de River, Pablo Serrano, el 3 de junio pasado, tras caer de una tribuna del Monumental en el arranque del partido ante Defensa y Justicia, conmocionó al fútbol argentino. Tras el dolor por la tragedia, el episodio siguió su curso en la Justicia y la investigación derivó en la imputación de la empresa de Seguridad y dos funcionarios del área, tal como dio a conocer este viernes la fiscalía a cargo.
Según informó la Fiscalía Especializada en Eventos Masivos, a cargo de Celsa Ramírez, se dispuso la imputación de Tech Security, la compañía privada responsable de la seguridad, así como también del gerente de seguridad de River y del director ejecutivo del Comité de Seguridad en el Fútbol de la Ciudad de Buenos Aires, organismo creado por CABA en 2019.
Su decisión se explica «por no haber adoptado las medidas exigidas por la reglamentación legal vigente respecto a la Seguridad en ocasión de un espectáculo masivo», según dice un comunicado.
«Así, producto de la falta al deber de cuidado debido, omitieron ejercer el debido control de los concurrentes al estadio a fin de individualizar aquellos que lo hacían en estado de ebriedad», describe el anuncio de la fiscalía.
De acuerdo a la investigación, el hincha ingresó «por la puerta de Puente Labruna bajo los efectos del alcohol, ya que lo hizo con un dosaje de 2,6 gramos de alcohol por litro de sangre y al intentar ubicarse en el parapeto, cayera desde una altura aproximada de 15 metros a su inferior la Sivori baja, alcanzando su muerte producto del politraumatismo, traumatismo abierto de cráneo con pérdida de masa encefálica y hemorragia externa».
De acuerdo a lo que precisa la fiscalía a cargo de Celsa Ramírez, este hecho se encuadra en el delito de «homicidio culposo», previsto y reprimido por el artículo 84 del Código Penal, para quienes por «imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos o los deberes a su cargo» causen la muerte de otra persona.