El Gobierno ha ratificado las subvenciones a Andalucía y a 20 entidades locales de la comunidad, entre ellas Córdoba y las otras siete capitales de provincia, para cubrir parte de la rebaja de al menos el 50% en abonos y títulos multiviaje durante el primer semestre de 2025. Estas ayudas, incluidas en un paquete nacional de 329,3 millones de euros, permitirán financiar hasta el 30% del descuento, mientras que el resto deberá ser asumido por las administraciones autonómicas y locales.
Dentro de estas ayudas han sido ratificadas como beneficiarias, además de la comunidad autónoma, 20 entidades locales de Andalucía, donde se engloban tanto las ocho capitales de provincia, como los municipios de Algeciras, Benalmádena, Chiclana de la Frontera, Fuengirola, Jerez de la Frontera, Linares, Marbella, Rincón de la Victoria, Rota, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda y Torremolinos.
Del total nacional concedido se destinan 211,7 millones a todas las Comunidades Autónomas (excepto Baleares y Canarias, que tienen un mecanismo particular) y 117,6 millones a 133 entidades locales entre las que se incluye la ciudad autónoma de Ceuta.
Con este presupuesto, se cubrirá hasta el 30% del descuento aplicado a los billetes. Las Comunidades Autónomas y las entidades locales deberán asumir con cargo a sus presupuestos el resto del coste de la medida, de al menos el 20%.
Cálculo de las ayudas
Las subvenciones directas se han calculado en proporción a los ingresos que cada administración ha dejado de percibir por la aplicación de la rebaja. El cálculo se ha hecho a partir de la información comunicada por las autoridades locales y autonómicas mediante declaración responsable, con el porcentaje estimado de la facturación que supondrá la venta de los billetes con descuento con respecto a los ingresos obtenidos por la venta de esos mismos billetes sin descuento en 2023.
Estas ayudas no se aplican en Canarias y Baleares, donde el transporte público terrestre colectivo será gratuito para los viajeros habituales en 2025. Estas Comunidades Autónomas tienen capacidad para establecer las condiciones de recurrencia para la gratuidad de los abonos y títulos multiviaje que estimen necesarias, así como las condiciones de venta y utilización del transporte, la vigencia y caducidad de los títulos de viaje o las limitaciones en el número de títulos con descuento.