La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha informado a favor de la continuación de los trabajos de investigación y exhumación que se desarrollan en el valle de Cuelgamuros e insta además al juez que sancione con 1.000 euros, por «mala fe» procesal, a la mujer que pleitea contra ellos y que durante unos días logró su paralización suministrando al juzgado información errónea.
El pasado 29 de enero, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número 11 de la Audiencia Nacional ya había dado carpetazo al último recurso de esta mujer, representada por Abogados Cristianos, contra los trabajos realizados en el Valle de los caídos por Patrimonio Nacional, tras consultar a esta institución y constatar que se están efectuando en un lugar diferente al que se encuentra enterrada la abuela de la recurrente. Se había acreditado que, en contra de lo alegado por ésta, las exhumaciones no se estaban efectuando además por la «vía de hecho» y venían avalada por actuaciones judiciales y administrativas previas.
Este viernes, en el escrito de respuesta a la última iniciativa de la recurrente, que ha acudido en apelación contra la última decisión del juez, la Fiscalía ha pedido la imposición a la recurrente de una sanción de 1.000 euros «por ausencia de buena fe procesal y abuso de derecho, al haber ocultado al Juzgado información relevante e insistir sin fundamento legal alguno en la suspensión de las actuaciones de investigación y exhumación» en el Valle.
El «digno sepulcro» de la abuela
La nieta de una mujer enterrada en el Valle acudió a la justicia al considerar que las exhumaciones que realiza Patrimonio vulneran el derecho fundamental de libertad religiosa y digno sepulcro de su abuela. Para la Fiscalía, sin embargo, sus argumentos carecen de fundamento legal alguno, habida cuenta que las actuaciones en el Valle de Cuelgamuros se están realizando al amparo y conforme a actuaciones judiciales y administrativas previas.
Además, los restos de la abuela de esta mujer se encuentran depositados en una capilla y criptas diferentes a las que están siendo objeto de trabajos de investigación, sin que exista previsión alguna de realizar operaciones forenses en estas.
La Fiscalía advierte que las actuaciones de investigación y exhumación generarían un evidente «perjuicio al derecho de las víctimas a la verdad» y en concreto al cumplimiento del deber de la Administración Pública de proceder a la localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas a que obliga la Ley Memoria Democrática.
El pasado diciembre, la Audiencia Nacional levantó la suspensión cautelar de las exhumaciones que se llevan a cabo por parte de Patrimonio Nacional en el Valle de Cuelgamuros -que había decretado unos días antes- después de que la Abogacía del Estado presentara alegaciones explicando que la abuela de la persona que solicitó parar los trabajos por protección del derecho fundamental a la libertad religiosa no fue inhumada en la capilla donde están ahora operando los forenses.
En sus alegaciones, la Abogacía del Estado indicaba concretamente que los restos de la mujer enterrada en el mausoleo, y cuya nieta impulsó el recurso que logró parar los trabajos cautelarmente, no se encuentran en la Capilla del Sepulcro, que es donde se están realizando las exhumaciones, sino en la Capilla del Pilar y, por tanto, «no puede verse afectada».
Carece de legitimación
Subrayaba así que la recurrente carecía de legitimación para recurrir porque «el interés que se invoca es meramente hipotético» y añadía que «los perjuicios que de manera absolutamente genérica invoca la recurrente son inexistentes pues (…) los restos de la abuela de la recurrente están plenamente identificados y localizados y no son objeto de las actuaciones».
Abogados Cristianos, que llevó la representación legal de la nieta consideraba que los trabajos de exhumación autorizados por el Ministerio de la Presidencia suponían «una vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa», informó Europa Press. Aseguraba que «la mera necesidad de tener que realizar las pruebas de ADN a los cadáveres (lo que implica cierto grado de profanación), se está incurriendo en una vulneración de un ejercicio de la libertad religiosa». Denunciaba que «para realizar estas pruebas no han solicitado consentimiento a los familiares».