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Recorte de hasta el 30% de la pensión a jubilación a partir de 2025: estos son los casos

Desde hace años el sistema público de pensiones en España atraviesa un proceso de reformas que busca garantizar su sostenibilidad a largo plazo.

Entre los cambios que más impacto tienen sobre los trabajadores se encuentra la jubilación anticipada, un mecanismo que permite retirarse antes de alcanzar la edad ordinaria, aunque no siempre en las mismas condiciones.

Quienes elijan adelantar su salida del mecado laboral van a tener que tener en cuenta que desde 2025, los recortes pueden llegar hasta un 30 por ciento de la pensión en función de la situación personal y de la carrera de cotización.

La jubilación anticipada consiste en acceder a la pensión antes de tiempo y puede producirse tanto por decisión propia como por causas ajenas al trabajador: en el primer caso se habla de jubilación anticipada voluntaria, mientras que en el segundo, cuando hay despido, fuerza mayor o cese de actividad del empresario, se considera involuntaria.

Jubilación anticipada voluntaria e involuntaria

Aunque en los dos escenarios la Seguridad Social aplica penalizaciones, ya que el beneficiario comienza a percibir la prestación durante más años de los previstos y eso implica un mayor coste para el sistema, el nivel de reducción depende.

Los dos factores que determinan este nivel de reducción son, por un lado, los meses de adelanto y los años cotizados. En la modalidad voluntaria el anticipo máximo es de dos años y los recortes van desde un 2,81 por ciento cuando apenas se adelanta un mes con largas carreras de cotización, hasta un 21 por ciento en los casos de 24 meses de adelanto con trayectorias más cortas.

Cuando la jubilación anticipada ha sido involuntaria, que permite hasta cuatro años de anticipo, los porcentajes resultan algo más suaves, aunque siguen siendo significativos. Así un solo mes de adelanto con más de 44 años cotizados apenas supone un 0,50 por ciento de reducción, pero la penalización escala hasta un 30 por ciento cuando se anticipan cuatro años con menos de 38 años y medio cotizados.

Existe además un límite adicional en el caso de las pensiones más altas: cuando después de aplicar los coeficientes reductores la cuantía resultante sigue superando el tope máximo legal y la Seguridad Social impone un segundo ajuste para evitar que se cobre por encima de lo establecido. Este sistema está regulado en la Ley 21/2021 y se aplicará de forma progresiva con cambios que se prolongarán hasta el año 2033.

Jubilación anticipada al 100%

No obstante, hay excepciones en las que jubilarse de manera anticipada no implica penalización. Se trata de los supuestos de discapacidad reconocida o de aquellas profesiones catalogadas como especialmente penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres, como ocurre con determinados trabajos industriales o de emergencias. En estos casos sí es posible retirarse antes y mantener el cien por cien de la pensión.

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