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La utilización de IA en campañas electorales para producir «fake news» es un delito

Un episodio que tuvo ribetes casi espectaculares y se transformó en tendencia hace muy pocos días, fue la aplicación de Inteligencia Artificial para armar un video en que se ponían en boca del Gobernador Martín Llaryora una serie de afirmaciones absolutamente contradictorias con su discurso oficial.

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Con una evidente intención electoral, el Diputado De Loredo, declarado autor intelectual de la iniciativa, señaló que lo único que había hecho, era poner en boca del Gobernador, aquello que el gobierno de Córdoba oculta a la ciudadanía.

Se disparó un debate de múltiples dimensiones: políticas, éticas, electorales, etc. y el tema se sostuvo durante varios días.

Es delito

Recientemente, la Cámara Electoral Nacional (CNE), que tiene también competencia penal cuando un delito, cualquiera que sea, haya sido cometido en el marco de una campaña electoral, dictó recientemente la confirmación de un procesamiento por una situación parecida, pidiendo que se investigue el uso de IA en las campañas electorales, como posible delito.

La resolución se dio en el marco de una causa iniciada en las internas de 2021 de Juntos por el Cambio en Córdoba. Entonces, como parte de la campaña, se difundieron en redes dos videos apócrifos, con las mismas características del video divulgado por De Loredo: imágenes reales, con audios falsificados. 

El afectado fue el entonces Diputado Nacional Mario Negri que, casualmente o no, enfrentaba al mismo De Loredo; el representante legal en la causa iniciada por Negri es el doctor Facundo Cortés Olmedo que tuvo la gentileza de atender la requisitoria de SRT Media.

Cortés Olmedo explicó que la CNE confirmó “el procesamiento de uno de los involucrados e instó al juez federal a que profundice la investigación porque hay cuatro sujetos más que estarían individualizados, con responsabilidad sobre la contratación de la difusión del falso video”.

El abogado reseñó que el Código Nacional Electoral eleva a delitos una serie de conductas que tienen que ver “con confundir al elector maliciosamente y a través de mecanismos fraudulentos, como puede ser este, para modificar la voluntad del votante”.

Agregó que estos delitos para los que se prevén castigos que incluyen “penas privativas de la libertad, (hasta dos años en este caso), multas e inhabilitaciones”.

Consultado sobre si podía considerarse esta resolución como antecedente a tener en cuenta en la próxima campaña, Cortés Olmedo advirtió que se trata de un antecedente muy importante. Para fundamentarlo, comentó que “la CNE hace un desarrollo muy profundo sobre los derechos que están en juego, el valor del sistema democrático, cómo hay que respetar la voluntad del elector y, fundamentalmente, transparentar lo máximo posible un proceso electoral”.

Agregó, que este antecedente, “que entiendo que debe ser el primero, que ratifica estas conductas como delitos, es una señal importante hacia adelante». 

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