Sucesos
Eliminó la tasa obligatoria para los usuarios. Además extendió a cinco años las inscripciones en el registro, que antes eran anuales.
24 de junio de 2025, 10:09
El Gobierno argentino eliminó este martes el pago obligatorio de la tasa anual que debían abonar los usuarios y entidades vinculadas al manejo de armas de fuego.
La medida fue disputa por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac) a través de la Resolución 77/2025 (Boletín Oficial), donde también se extiende de uno a cinco años la vigencia de diversas inscripciones clave.
La decisión, informada una semana después de que el Gobierno habilitó la compra y tenencia de armas semiautomáticas, se inscribe en un proceso más amplio de simplificación administrativa impulsado por el Poder Ejecutivo.
Según la Anmac, esta revisión busca reducir la carga burocrática al unificar criterios y revisar normativas de menor jerarquía que establecían plazos y requisitos de actualización frecuentes.
La eliminación del pago obligatorio de la tasa anual aplica a:
- Usuarios comerciales
- Usuarios colectivos
- Usuarios cinegéticos (de caza)
- Entidades de tiro
Esta eximición del pago es válida siempre y cuando sus autorizaciones no estén reguladas por normativas de mayor jerarquía.
En cuanto a la extensión de la validez a cinco años, esta aplica no solo a los usuarios mencionados previamente, sino también a determinados rubros comerciales específicos:
- Fabricantes de armas de uso civil y condicional
- Fabricantes de municiones y materiales especiales
- Talleres de armado y reparación de vehículos blindados
- Recargadores comerciales
- Verificadores de instalaciones
Es crucial señalar que no todos los trámites quedan alcanzados por el nuevo régimen.
La Anmac precisó que las exigencias de renovación anual previstas en el Decreto 395/75 continúan vigentes.
Específicamente, este marco normativo de jerarquía superior establece que:
- La inscripción de importadores caduca al año de otorgada.
- Las autorizaciones de transporte comercial de armas deben ser otorgadas y renovadas anualmente.
Estas disposiciones, al tener una jerarquía normativa superior, no pueden ser modificadas por una resolución reglamentaria.
La Anmac argumentó que las condiciones para renovar anualmente muchas de estas inscripciones habían sido impuestas por normas internas dictadas por el ex Registro Nacional de Armas (Renar) o por la propia agencia, sin respaldo en leyes o decretos.
En este sentido, la acumulación de dispersión normativa en las últimas cinco décadas había derivado en una superposición de requisitos que ahora se busca simplificar.
Aunque ya no será necesario presentar documentación cada año ni pagar una tasa para mantener la habilitación, el organismo mantendrá un estricto control sobre los usuarios.
La nueva obligación clave es notificar a la Anmac dentro de los treinta días si se produjeran modificaciones en la información declarada al momento de la inscripción.
Esto incluye cambios societarios, en los órganos de dirección, seguros o apoderados. Si no hubo cambios, no será necesario presentar documentación adicional.
La omisión de esta notificación, en caso de producirse alteraciones, puede dar lugar a sanciones conforme al régimen vigente.